domingo, 17 de mayo de 2009

GRIPE PORCINA: OBLIGAN A USAR BARBIJOS EN COMERCIOS

Villa Carlos Paz se puso a la cabeza de las ciudades en preservar las condiciones más estrictas de salubridad ante el posible avance de la llamada “gripe porcina”.
El decreto municipal es contundente y pretende garantizar a sus habitantes y los turistas que visiten la Villa la mayor tranquilidad, ante la gran incertidumbre que está generando esta nueva enfermedad mortal y su rápida forma de contagio.
La norma, firmada la pasada semana por el propio intendente municipal, Carlos Felpeto, expresa que lo dispuesto es en consonancia con el surgimiento de nuevas enfermedades respiratorias, transmisibles de animales a humanos y de personas entre sí, comprometiendo en algunos casos la vida humana y que por desconocimiento de su comportamiento epidémico hasta el día de hoy solo es posible la prevención del contagio, el municipio considera que “es elemental función del Estado, en tanto éste debe garantizar los medios posibles para el sostenimiento de la salud pública, fundamentalmente en los aspectos pertinentes a todos los niveles posibles de prevención aplicables, teniendo en cuenta que en Carlos Paz se encuentran habilitados numerosos establecimientos comerciales donde se expenden comestibles no envasados, que son manipulados para su preparación y expendio; que una de las principales vías de contaminación es la aerosolización de pequeñas partículas que emiten las personas cuando se habla, tose o estornuda; que habitualmente se lleva las manos a las fauces a fin de no provocar emisión de estas partículas, pequeñas por cierto, cuando se tose o estornuda; que en la composición microbiológica de estas partículas puede encontrarse el virus respiratorio que aqueja actualmente a la población y otros de igual capacidad patogénica; el, intendente municipal, como máxima autoridad local y en uso de sus atribuciones decretó la nueva disposición de uso obligatorio de barbijos en jurisdicción para prevenir el contagio de enfermedades.
La norma en su artículo primero es contundente e indica: “Es de uso obligatorio el uso de barbijo protector de tela y manoplas plásticas o guantes descartables, por parte de todo personal que desarrollo actividades en establecimientos comerciales donde se expendan o preparen y expendan alimentos no envasados, independientemente del estricto cumplimiento de todas las normas establecidas en la ordenanza 1.715 (Código Alimentario).
Según expresa el articulo dos, comprende esta medida a rotiserías, heladerías, panaderías, pancherías, despensas, fábrica de alfajores, fábrica de pastas frescas, fiambrerías, confiterías, fábrica de sándwiches, venta de pan, desayunadores de hoteles, autoservicio de comidas en bateas (luncheras) y afines.
En tal sentido y en el tercero de los artículos de esta nueva disposición, el municipio ordena que los locales comerciales dedicados a la venta de comidas para llevar, como por ejemplo, rotiserías y pancherías, deberán expender sus productos correctamente envasados o envueltos y tendrán la obligación de instar a sus clientes al no consumo en sus propios locales ni vía pública.
Se encontrarán excluidos del cumplimiento de lo dispuesto, aquellos comercios que expendan alimentos envasados previamente en fábrica, con envoltorio original.
El no cumplimiento de lo dispuesto y ya entrando en lo sancionatorio, los comercios que no respeten lo decretado oficialmente a nivel local recibirán el peso del castigo, en multa o clausura, según lo establecido en la ordenanza 1.066 (y modificatorias), del Código Municipal de Faltas.
Por último el municipio llamó a la reflexión a la población exigir el cumplimiento de esta disposición, absteniendo de comprar alimentos donde no se respeten estas recomendaciones y denunciándolos ante la Dirección de Inspectoría General del municipio.
Aunque muy lentamente el comercio local ya comenzó a cumplir con lo dispuesto por esta norma oficial local, ante la mirada curiosa de algunos, sorpresa por parte de los turistas y una generaliza reacción de alivio y apoyo por parte del público en general.
Se trata, ni más ni menos, del estricto cumplimiento de lo que ya marca el Código Alimentario Argentino, aunque muy poco respetado –hasta ahora- por quienes habitamos este país.
Al igual que en casi toda Europa y en algunos países latinoamericanos (Chile, por ejemplo), los primeros en hacer “la punta” en Carlos Paz fueron los supermercados, en su mayoría filiales locales de cadenas provinciales o nacionales, como Disco, Cordiez y Becerra.
Posteriormente las heladerías (menos frecuentadas por estos tiempos) han seguido con el acatamiento del uso de barbijo por parte del personal, mientras ya se comienza a verse en pequeños mercaditos, almacenes y fiambrerías a sus empleados con los correspondientes “protectores” en sus rostros y las tradicionales “manoplas”.
Esto ha provocado que las farmacias y afines estén a punto de quedarse sin stock de barbijos, una consecuencia casi “natural” ante la rápida aceptación de la flamante disposición.
Por el momento el municipio no informó de la aplicación de sanciones o el labrado de actas ante el no cumplimiento de la disposición, aunque alertó sobre sorpresivos operativos de control que se realizarán, tanto en el centro como en la periferia de la ciudad, para garantizar el estricto acatamiento de la norma.
Hasta el momento no se observa el uso en vía pública por parte de la población de los ya famosos barbijos. La imagen del uso generalizado de este elemento en todo México, Estados Unidos y en los aeropuertos de todo el mundo, aún no se ve en nuestro país y en las calles de la ciudad, pero si estamos a la vanguardia, obligando su uso en los comercios que manipulan alimentos (y afines) y sólo se sugiere a la ciudadanía el estar alertas a la prevención, siendo a criterio voluntario y personal el uso de los barbijos en plena vía pública.

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